Ayer estaba leyendo el artículo de iagua “el Gobierno justifica la subida del canon a los regantes por la puesta en marcha de las presas de Breña y Arenoso” y algunos de los interrogantes que formulaban me incitaron a hacer este post.
Mi primera impresión al leer los siguientes interrogantes fue de sorpresa:¿cree el Gobierno que estas tasas y cánones son asumibles por los regantes y responden a costes por servicios prestados?" y "¿han sido los regantes consultados para el establecimiento de estos cánones?, ¿de qué forma han sido informados los regantes sobre estas subidas?".
Así a primera vista y a mi modo de ver es lógico que la explotación de una obra hidráulica sea sufragada por los beneficiarios de ella y por otro lado es sabido que entre las distintas asambleas y juntas que se organizan en los Organismos de cuenca, los regantes siempre son parte importante en las mismas o cuando menos oídos. No debemos olvidar que los usuarios del agua y otros bienes del dominio público hidráulico de una misma toma o concesión deberán constituirse en comunidades de usuarios y si el destino principal de las aguas fuese el riego, se denominan comunidades de regantes y a su vez son corporaciones de derecho público adscritas al Organismo de cuenca.